Teoría de las Cortes ó grandes Juntas nacionales de los Reinos de Leon y Castilla . Monumentos de su constitucion politica y de la soberania del pueblo. Con algunas observaciones sobre la lei fundamental de la Monarquía Española ... promulgada en Cádiz á 19 de Marzo de 1812 / por el ciudadano Francisco Martinez Marina ... Primera parte Tomo I

Por: Martínez Marina, Francisco, 1754-1833Colaborador(es): Villalpando, Fermín TadeoTipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Madrid : Imprenta de Fermin Villalpando , 1813Descripción: XCVI, [2], 311, p. ; 26 cmTema(s): Constituciones -- España | España -- Historia constitucional -- S.XIXRecursos en línea: Biblioteca Digital Hispánica
Contenidos:
Tabla de los capítulos de esta primera parte Desde el establecimiento de la monarquía española las cortes se consideraron como una parte esencial de la constitucion del reino y como el cimiento de la independencia y libertad nacional 1 Idea de los estados generales ó juntas nacionales que se celebraron en España durante el imperio gótico 8 Observaciones sobre la influencia de los eclesiásticos en los asuntos de gobierno. Examen de la conducta política de los godos y otras naciones sobre este punto, y de lo que al mismo propósito establece nuestra constitución 16 En los reinos de Leon y Castilla se observó inviolablemente la práctica de los godos. Los reyes y los súbditos miraron siempre las cortes como una de las instituciones más útiles y ventajosas del estado 28 De los tiempos y ocasiones en que se debían celebrar cortes 32 Observaciones sobre la frecuente celebración de cortes, y examen de los artículos 104, 106 y 107 de la constitución 37 De las personas que por derecho habían de asistir á las cortes generales, y primeramente de la persona del rei 46 Observaciones sobre la idea de cortes generales, ¿Conviene que el rei y sus ministros concurran á ellas? 54 De las personas reales, de la corte, consejo y cancillería del rei 58 De la representación nacional ó de las personas que por derecho debían asistir á las cortes á nombre de los reinos 64 Cuándo y con qué motivos el pueblo ó tercer estado comenzó á considerarse como parte esencial y primaria de la representación política de estos reinos 84 Observaciones sobre las clases políticas y condiciones privilegiadas del estado. Examen del espíritu de la constitucion acerca de este punto 97 Reflexiones sobre la constitución municipal y sobre los medios que convendría adoptar para promover la felicidad de pueblos y provincias 112 De los pueblos que por derecho debían ser convocados y concurrir á las juntas generales del reino 138 Observaciones sobre si convendría multiplicar el número de diputados de cortes, y dar mayor extensión á la representación nacional 150 De las alteraciones que sufrió la representación nacional desde principios del siglo XV. Examen de las causas que pudieron contribuir á esas variaciones y mudanzas. Pueblos á que se vio ceñida la representación en el último estado de nuestras cortes 153 Del derecho e convocar cortes y de la naturaleza y circunstancias de las cartas convocatorias 162 ¿En los interregnos o cuando el monarca por impedimento legal, físico o moral no pudiese, o por malicia no quisiese juntar cortes, á quién correspondía el derecho y facultad de convocarlas? 176 Reflexiones sobre si convendría conceder al rei la prerrogativa de convocar las cortes. Examen de lo que en este particular establece la constitución 189 De las elecciones de procuradores de cortes 196 De las precauciones tomadas por los ayuntamientos para asegurar la buena elección de procuradores de cortes 204 Ventajas de nuestra actual constitución sobre la antigua con respecto á la elección de diputados de cortes. ¿Convendrá recurrir á la suerte para el mejor éxito de las elecciones? 214 De los poderes que los concejos conferían á sus procuradores y de los oficios que n su virtud debían estos desempeñar 223 Observaciones sobre la forma prescripta por la constitución para la extensión de los poderes 241 Libertad, protección y seguridad que otorgaban las leyes á los procuradores del reino mientras estaban en cortes 251 Del sitio, aparato y ceremonial en las cortes 272 De las contestaciones y respuestas y del orden en las votaciones 279 De las representaciones de las ciudades y villas del reino y otras corporaciones del estado y de los cuadernos de peticiones generales y particulares 288 Garantía de lo actuado en cortes y precauciones de la nacion para asegurar el cumplimiento de sus acuerdos y determinaciones 304
Tipo de ítem Biblioteca actual Signatura Info Vol Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Libro Antiguo Libro Antiguo Biblioteca Histórica
S.XIX-6040 (Navegar estantería (Abre debajo)) T. 1 No para préstamo BH32648
Libro Antiguo Libro Antiguo Biblioteca Histórica
S.XIX-1407 (Navegar estantería (Abre debajo)) T. 1 No para préstamo BH8958

Ejemplar repetido BH8958 Virgen del Camino

Tabla de los capítulos de esta primera parte Desde el establecimiento de la monarquía española las cortes se consideraron como una parte esencial de la constitucion del reino y como el cimiento de la independencia y libertad nacional 1 Idea de los estados generales ó juntas nacionales que se celebraron en España durante el imperio gótico 8 Observaciones sobre la influencia de los eclesiásticos en los asuntos de gobierno. Examen de la conducta política de los godos y otras naciones sobre este punto, y de lo que al mismo propósito establece nuestra constitución 16 En los reinos de Leon y Castilla se observó inviolablemente la práctica de los godos. Los reyes y los súbditos miraron siempre las cortes como una de las instituciones más útiles y ventajosas del estado 28 De los tiempos y ocasiones en que se debían celebrar cortes 32 Observaciones sobre la frecuente celebración de cortes, y examen de los artículos 104, 106 y 107 de la constitución 37 De las personas que por derecho habían de asistir á las cortes generales, y primeramente de la persona del rei 46 Observaciones sobre la idea de cortes generales, ¿Conviene que el rei y sus ministros concurran á ellas? 54 De las personas reales, de la corte, consejo y cancillería del rei 58 De la representación nacional ó de las personas que por derecho debían asistir á las cortes á nombre de los reinos 64 Cuándo y con qué motivos el pueblo ó tercer estado comenzó á considerarse como parte esencial y primaria de la representación política de estos reinos 84 Observaciones sobre las clases políticas y condiciones privilegiadas del estado. Examen del espíritu de la constitucion acerca de este punto 97 Reflexiones sobre la constitución municipal y sobre los medios que convendría adoptar para promover la felicidad de pueblos y provincias 112 De los pueblos que por derecho debían ser convocados y concurrir á las juntas generales del reino 138 Observaciones sobre si convendría multiplicar el número de diputados de cortes, y dar mayor extensión á la representación nacional 150 De las alteraciones que sufrió la representación nacional desde principios del siglo XV. Examen de las causas que pudieron contribuir á esas variaciones y mudanzas. Pueblos á que se vio ceñida la representación en el último estado de nuestras cortes 153 Del derecho e convocar cortes y de la naturaleza y circunstancias de las cartas convocatorias 162
¿En los interregnos o cuando el monarca por impedimento legal, físico o moral no pudiese, o por malicia no quisiese juntar cortes, á quién correspondía el derecho y facultad de convocarlas? 176 Reflexiones sobre si convendría conceder al rei la prerrogativa de convocar las cortes. Examen de lo que en este particular establece la constitución 189 De las elecciones de procuradores de cortes 196 De las precauciones tomadas por los ayuntamientos para asegurar la buena elección de procuradores de cortes 204 Ventajas de nuestra actual constitución sobre la antigua con respecto á la elección de diputados de cortes. ¿Convendrá recurrir á la suerte para el mejor éxito de las elecciones? 214 De los poderes que los concejos conferían á sus procuradores y de los oficios que n su virtud debían estos desempeñar 223 Observaciones sobre la forma prescripta por la constitución para la extensión de los poderes 241 Libertad, protección y seguridad que otorgaban las leyes á los procuradores del reino mientras estaban en cortes 251 Del sitio, aparato y ceremonial en las cortes 272 De las contestaciones y respuestas y del orden en las votaciones 279 De las representaciones de las ciudades y villas del reino y otras corporaciones del estado y de los cuadernos de peticiones generales y particulares 288 Garantía de lo actuado en cortes y precauciones de la nacion para asegurar el cumplimiento de sus acuerdos y determinaciones 304

Virgen del Camino

Dominicos Jerez de la Frontera

Signaturizado

Notas a pie de página

Bibliotecas Dominicos Provincia Hispania, 2016

Con tecnología Koha